El Ayuntamiento llevará a cabo actuaciones de inspección para comprobar el cumplimiento de las obligaciones de limpieza y mantenimiento, y aplicará sanciones económicas en caso de incumplimiento.
El Ayuntamiento de Alzira impulsa una nueva ordenanza municipal que regula la obligación de los propietarios de solares urbanos no edificados de mantener sus terrenos en condiciones adecuadas de seguridad y salubridad. Con esta normativa, el consistorio pretende reducir la extendida situación de insalubridad en determinados espacios y prevenir riesgos para la salud pública.
La nueva ordenanza establece que los propietarios tendrán que mantener los solares libres de basura y residuos, con la vegetación controlada y, si disponen de árboles, debidamente podados. Además, se exigirá el cierre perimetral de los terrenos con vallas de dos metros de altura.
Estas tareas de mantenimiento se tendrán que ejecutar al menos anualmente entre los meses de febrero y mayo, y mantenerlo después en esas condiciones. En el caso de solares situados a menos de 100 metros de centros escolares, el Ayuntamiento podrá actuar de manera directa y subsidiaria para garantizar la limpieza, con posterior repercusión de los gastos al propietario del terreno.
La normativa también incluye disposiciones específicas para aquellos solares que acumulan agua embalsada, con la obligación de retirarla para evitar la proliferación de insectos. En el caso de piscinas sin uso, será obligatorio su mantenimiento en condiciones adecuadas.
El Ayuntamiento llevará a cabo actuaciones de inspección para comprobar el cumplimiento de las obligaciones de limpieza y mantenimiento, y aplicará sanciones económicas en caso de incumplimiento. Las infracciones leves podrán comportar multas desde los 750 euros, mientras que las muy graves —relacionadas con la carencia de limpieza, desinsectación o desratización— podrán llegar hasta los 3.000 euros. Así mismo, el incumplimiento reiterado del deber de conservación y mantenimiento comportará la inclusión en el registro municipal de solares y terrenos a edificar.
Estos procedimientos sancionadores son sin perjuicio de las correspondientes órdenes de ejecución que se puedan emitir, que en caso de incumplimiento podrán dar lugar a la ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento a expensas del propietario o a multas coercitivas.
El regidor de Hacienda, Urbanismo y Contratación, Andrés Gomis, manifiesta que “la propiedad comporta derechos pero también obligaciones, y el deber de conservación y mantenimiento es una de ellas. La falta de conservación de los solares urbanos por los propietarios comporta problemas de seguridad, salubridad, plagas, degradación del entorno y, incluso, riesgo de incendios, que paguen el vecindario y la ciudad. Con esta ordenanza queremos regular de manera clara las condiciones en que se tienen que mantener estos solares y establecemos medidas concretas y efectivas para garantizar su cumplimiento, con el objetivo de incentivar que los propietarios se hagan cargo por ellos mismos de sus obligaciones.”


